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La Justicia ordenó al Municipio limitar los operativos de la Patrulla Municipal sobre personas en situación de calle

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El juez de Garantías N° 4 de Mar del Plata, Juan Tapia, resolvió hacer lugar a un hábeas corpus preventivo presentado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) y ordenó al gobierno local que la Patrulla Municipal “se abstenga de realizar operativos que impliquen violencia física o verbal” contra personas en situación de calle.

La medida, revelada por el diario La Capital de Mar del Plata, fue dictada en base a numerosos testimonios que describen prácticas violentas por parte de agentes municipales. “Se ha acreditado la existencia de prácticas que implicaron violencia física y psicológica, lo que configura una conducta arbitraria e ilegal”, sostuvo el magistrado en su fallo.

Según el texto de la resolución, el Ejecutivo deberá evitar “todo despliegue de operativos sobre personas en situación de calle que implique violencia física o verbal, así como la sustracción de documentos u objetos personales”, en resguardo de los derechos fundamentales de este colectivo.

El juez subrayó que las personas afectadas “pertenecen a un grupo especialmente vulnerable”, definido como aquellos que pernoctan en la vía pública y encuentran allí su principal espacio de socialización y subsistencia. En contraposición, el magistrado reconoció que desde la Secretaría de Desarrollo Social —a cargo de Vilma Baragiola— se viene desarrollando un abordaje distinto, mediante la disponibilidad de paradores, albergues y articulación con otros organismos.

En su fallo, Tapia también citó observaciones de la Defensora General Departamental, Cecilia Boeri, quien alertó sobre operativos realizados durante la noche, focalizados en personas de difícil localización posterior y con agentes que utilizan prendas oscuras y ocultan sus rostros, lo que impide su identificación y favorece la impunidad.

“La planificación previa y el accionar de estos agentes han traducido el despliegue en prácticas violentas contra sujetos desarmados”, remarcó el juez. Y advirtió que este tipo de intervención “genera un claro peligro sobre la libertad, la integridad física y la dignidad de las personas en situación de calle”.

La decisión judicial, sin embargo, no cuestiona las facultades del municipio en el control del espacio público, pero sí exige que cualquier intervención se realice mediante “procedimientos respetuosos de la vida, la integridad física y la dignidad humana”.

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