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La Justicia confirmó una millonaria condena contra Manaos: deberá pagar más de $800 millones a un exdistribuidor

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La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó una condena contra la empresa Refres Now S.A., fabricante de la gaseosa Manaos, y la obligó a pagar más de 800 millones de pesos a un exdistribuidor por despido.

Si bien el máximo tribunal provincial admitió parcialmente un recurso extraordinario y redujo la cifra inicial, que rondaba los 1.500 millones de pesos, ratificó la existencia de una relación laboral no debidamente registrada y la responsabilidad de la firma en el despido.

Según se desprende del expediente judicial, el conflicto se originó en la ciudad de San Rafael, donde la Cámara Segunda del Trabajo determinó que el trabajador se desempeñó como distribuidor en Mendoza, San Juan y La Pampa entre 2013 y 2022, bajo un vínculo de dependencia.

Irregularidades en la registración

Durante el proceso, el demandante logró acreditar irregularidades en la registración de su contrato durante gran parte del período analizado. La sentencia original consideró probado un vínculo de dependencia no correctamente registrado, lo que derivó en una condena de alto impacto económico.

Al revisar la causa “Refres Now SA p/ Despido”, los ministros Omar Palermo, Mario Adaro y Norma Llaster reformularon la liquidación. La nueva resolución estableció que la empresa deberá abonar $223.419.076,66 en concepto de capital y $584.257.217,06 por intereses calculados hasta el 11 de abril de 2025.

De este modo, el monto total asciende a $807.676.293,72, sin perjuicio de los intereses que continúen generándose hasta el efectivo pago.

Cambios técnicos en la sentencia

La Corte introdujo ajustes en algunos rubros indemnizatorios. En particular, rechazó parcialmente la indemnización prevista en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, vinculada a la entrega de certificados laborales. Ese concepto, que superaba los 34 millones de pesos, fue desestimado tras la revisión técnica del fallo.

Además, se dispuso que los intereses correspondientes a los ítems rechazados se calculen conforme a la tasa prevista en la Ley 9041.

Impacto en el sector

La resolución adquiere relevancia por la magnitud de la cifra y por tratarse de una compañía de fuerte presencia en el mercado nacional, productora también de marcas como Villa Manaos, Placer, Bichi y Fernandito.

El fallo llega en un contexto de debate sobre posibles reformas laborales y ratifica la postura del tribunal de sostener la responsabilidad empresaria cuando se comprueba la existencia de una relación laboral encubierta.

La Corte evitó reabrir la discusión sobre los hechos ya probados en instancias anteriores y concentró su análisis en la estructura de la liquidación. Así, mantuvo firme la responsabilidad de la empresa por el despido sin causa, más allá de los ajustes introducidos en la cuantificación final.

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