ARCA controlará transferencias en billeteras virtuales: ¿cuál es el monto mínimo alcanzado?

Desde este jueves, entran en vigencia los nuevos valores actualizados por inflación que establece la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Estas cifras determinan los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales están obligadas a informar sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes.

Importante: esta medida no tiene impacto directo en los consumidores, ya que solo establece un régimen de información para las empresas involucradas.

La actualización, que se realiza semestralmente, toma como referencia las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) calculado por el INDEC. A partir del 1° de enero, deberán informarse las siguientes operaciones si superan los siguientes montos:

  • $600.000:
    • Total de consumos realizados con tarjetas de débito emitidas en el país.
    • Ingresos o egresos totales registrados en billeteras virtuales.
  • $1.000.000:
    • Total de acreditaciones bancarias realizadas en el mes.
    • Depósitos a plazo constituidos durante el mes.
    • Extracciones de efectivo, ya sea en el país o en el exterior, realizadas por ventanilla, cajeros automáticos u otros medios.
    • Saldos finales en cuentas bancarias al último día hábil del mes.
    • Saldos finales en billeteras virtuales al último día hábil del mes.
  • $2.000.000:
    • Aplica únicamente para transferencias bancarias o virtuales realizadas desde billeteras virtuales que superen este monto.

La medida tiene como objetivo fortalecer el control fiscal y aduanero sin afectar las operaciones cotidianas de los usuarios. El cumplimiento del régimen informativo recae exclusivamente en las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas digitales.