Desde las 8 de la mañana rige en todo el país la veda electoral, el período en el que se suspenden los actos de campaña, la difusión de encuestas y la venta de alcohol, entre otras actividades. Las penas por incumplir la norma pueden llegar hasta 10 años de prisión
La medida está prevista en el Código Electoral Nacional (Ley 19.945) y tiene como objetivo garantizar un proceso transparente, sin presiones ni influencias hacia el votante. La veda se extenderá hasta las 18 del domingo, cuando cierren los comicios.
Principales restricciones durante la veda electoral
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Prohibición de actos políticos y publicidad partidaria.
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Suspensión de encuestas y sondeos preelectorales.
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Cierre de locales que vendan alcohol desde la medianoche previa a la elección.
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Prohibición de espectáculos públicos, fiestas o eventos masivos, tanto en lugares abiertos como cerrados.
También está vedado el funcionamiento de locales partidarios a menos de 80 metros de los centros de votación. Además, queda prohibido tomar fotografías de la Boleta Única de Papel (BUP) dentro del cuarto oscuro.
Sanciones por incumplimiento
Las penas van desde 1 a 3 años de prisión para quienes infrinjan la veda o violen el secreto del voto, y pueden llegar hasta 10 años si se cometen delitos electorales graves, como ofrecer boletas o influir en los votantes cerca de las mesas.
Estas medidas buscan preservar la tranquilidad y transparencia del proceso electoral, garantizando que el voto sea personal, libre y secreto










