La Administración Nacional de la Seguridad Social confirmó que en febrero de 2026 continuará el pago del bono extraordinario de $70.000 para jubilados y pensionados. El refuerzo se suma al ajuste mensual por inflación del 2,85% y mejora los ingresos de quienes perciben los haberes más bajos.
La medida se aplica en el marco del esquema de actualizaciones automáticas dispuesto por el Gobierno nacional, con impacto directo en jubilaciones, pensiones y asignaciones previsionales.
Suba por inflación: cómo quedan las jubilaciones
El aumento de febrero responde a la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente a diciembre de 2025, tal como establece el Decreto 274/2024, que fija ajustes mensuales según la inflación oficial.
Con esta actualización, los montos base quedan definidos de la siguiente manera:
La jubilación mínima pasa a $359.219,42.
La jubilación máxima se ubica en $2.358.940,75.
La acreditación es automática y se deposita en la cuenta bancaria habitual, sin necesidad de realizar gestiones ante ANSES.
Bono extraordinario: a quiénes alcanza
El bono de $70.000 se mantiene sin actualización y está destinado exclusivamente a jubilados y pensionados de menores ingresos.
Se paga completo a quienes cobran la jubilación mínima.
Se liquida de forma proporcional para quienes superan ese monto, hasta el tope establecido por el organismo.
El refuerzo se abona junto con el haber mensual.
Ingresos finales en febrero de 2026
Con el aumento y el bono incluidos, los montos totales a cobrar durante febrero quedan de la siguiente manera:
Jubilación mínima: $429.219,42.
Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $357.375,54.
Pensiones no contributivas: $321.453,59.
Pensión para madres de siete hijos: $429.219,42.
Estos valores representan el ingreso final del mes para cada grupo de beneficiarios.
Calendario de pagos: cuándo se cobra
ANSES informó que el cronograma de pagos comenzará el 9 de febrero para quienes perciben haberes mínimos.
Jubilaciones y pensiones que no superan el haber mínimo:
DNI terminados en 0: 9 de febrero.
DNI terminados en 1: 10 de febrero.
DNI terminados en 2: 11 de febrero.
DNI terminados en 3: 12 de febrero.
DNI terminados en 4: 13 de febrero.
DNI terminados en 5: 18 de febrero.
DNI terminados en 6 y 7: 19 de febrero.
DNI terminados en 8 y 9: 20 de febrero, con adelanto por el feriado de Carnaval.
Jubilaciones y pensiones que superan el haber mínimo:
DNI terminados en 0 y 1: 23 de febrero.
DNI terminados en 2 y 3: 24 de febrero.
DNI terminados en 4 y 5: 25 de febrero.
DNI terminados en 6 y 7: 26 de febrero.
DNI terminados en 8 y 9: 27 de febrero.
Como es habitual, los haberes se depositan directamente en la cuenta bancaria declarada por cada beneficiario.
















