La Sala IV de la Cámara de Casación Penal desestimó las denuncias presentadas por el interventor Mariano Pirozzo contra el equipo de salud del Hospital Garrahan y validó las medidas de fuerza realizadas durante 2025, en un fallo que reafirma el derecho a la protesta como uno de los pilares de la democracia sindical.
La Cámara de Casación Penal volvió a pronunciarse a favor de los trabajadores del Hospital Garrahan al declarar la inexistencia de delito en las protestas que llevaron adelante el año pasado en rechazo a la gestión del ministro Mario Lugones y del interventor Mariano Pirozzo. El tribunal sostuvo que “el magistrado instructor resolvió desestimar las actuaciones por inexistencia de delito”, ratificando el criterio que ya había expresado el juez Herman Mendel en la Justicia del Trabajo: “protestar no es delito”.
La resolución desestima las denuncias impulsadas por Pirozzo, quien había acusado a los trabajadores por presuntos delitos de coacción, resistencia a la autoridad y usurpación. Además, durante el conflicto había dispuesto la apertura de sumarios administrativos contra 40 empleados, entre ellos la secretaria general de la Asociación de Profesionales y Técnicos (APyT), Norma Lezana.
Con esta decisión, la Cámara de Casación confirmó la inexistencia de delito y dejó sin efecto el intento de avanzar penalmente contra quienes participaron de las medidas de fuerza en reclamo por la asfixia salarial, el vaciamiento del hospital y la violencia institucional que, según denunciaron los trabajadores, atravesaba el establecimiento pediátrico.
“Acá se dejó en claro que no hubo ningún delito en las protestas llevadas adelante por el equipo de salud del Hospital a lo largo de todo el año pasado”, expresaron desde la APyT, al destacar que todos los fallos judiciales conocidos hasta el momento respaldaron la posición de los trabajadores.
Norma Lezana, quien fue una de las principales destinatarias de los sumarios administrativos, sostuvo que las resoluciones judiciales ratifican que “la protesta es un derecho que tenemos y debemos ejercer los trabajadores, las trabajadoras y quienes tenemos la responsabilidad de representar a nuestros compañeros y compañeras desde los sindicatos”.
El fallo también reabre la investigación que lleva adelante la jueza María Servini, quien “tomará intervención en el proceso sumarial” para conocer de primera mano lo ocurrido.
“Esto nos da confianza”, afirmó Lezana, quien en su momento denunció un “hostigamiento de una intervención netamente política” por parte de Mariano Pirozzo, a quien calificó como “lo peor que le pasó a este Hospital desde su fundación”.
La dirigente recordó además que, tras varios meses de conflicto, los trabajadores consiguieron un incremento salarial del 61%. Según afirmó, la respuesta de la dirección del hospital fue la apertura de sumarios administrativos que “filtraban información reservada”, utilizada posteriormente por el entonces jefe de Gabinete, Manuel Adorni, para cuestionarlos públicamente.
“Luchar sirve y estos fallos ratifican que no es delito”, concluyó Lezana, al considerar que la resolución constituye un precedente clave para la defensa del derecho a la protesta en el ámbito laboral.
La decisión de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal no solo exime de responsabilidad penal a los trabajadores del Hospital Garrahan, sino que también envía un mensaje sobre los límites de la persecución disciplinaria frente al ejercicio de la actividad sindical y las medidas de fuerza.















