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ANSES simplificó el trámite de la Asignación por Embarazo: quiénes pueden cobrarla y cómo acceder

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció una modificación clave para facilitar el acceso a la Asignación por Embarazo para Protección Social, un beneficio destinado a personas gestantes en situación de vulnerabilidad.

Desde ahora, quienes estén inscriptas en el Programa Sumar no deberán presentar documentación adicional: el Ministerio de Salud enviará directamente los datos a ANSES, lo que permitirá acelerar el pago automático si se cumplen los requisitos establecidos.

¿A quiénes está dirigida?

El beneficio alcanza a mujeres y personas gestantes sin cobertura social o con ingresos bajos. Pueden solicitarlo:

  • Personas desocupadas (incluye al cónyuge o conviviente).

  • Trabajadoras informales con ingresos inferiores al salario mínimo.

  • Monotributistas sociales.

  • Empleadas y desempleadas del servicio doméstico registradas.

  • Beneficiarias de programas sociales nacionales o provinciales.

Requisitos principales

  • Tener al menos 12 semanas de embarazo.

  • Ser argentina o naturalizada con DNI. Las personas extranjeras deben acreditar tres años de residencia en el país.

  • Estar inscripta en el Programa Sumar y cumplir los controles médicos exigidos.

  • No contar con obra social, salvo en los casos de monotributistas sociales, empleadas de casas particulares o desempleadas con cobertura vigente.

  • No tener trámites pendientes por embarazos anteriores sin acreditar (por nacimiento, pérdida o interrupción).

Documentación necesaria

  • Formulario PS 2.67 – Solicitud de Asignación por Embarazo para Protección Social.

    • Rubro 1: lo completa el médico (no es necesario si ya se tiene certificado con esos datos).

    • Rubro 2: datos de contacto de la solicitante.

    • Rubro 3: solo en caso de apoderado.

  • Constancia de inscripción al Programa Sumar (si aplica).

  • Medio de cobro: puede gestionarse o modificarse desde Mi ANSES.

Monto y forma de pago

Durante el embarazo se cobra el 80% del monto mensual, y el 20% restante se abona al acreditar el nacimiento (o la situación correspondiente).

Para acceder a ese 20% acumulado, debe presentarse el Formulario PS 2.10, completado por el médico, en una oficina de ANSES con turno previo. El trámite puede realizarse hasta 12 meses después del nacimiento o finalización del embarazo.

Paso a paso para hacer el trámite

  1. Ingresar a Mi ANSES y verificar que los datos personales y familiares estén actualizados.

  2. Completar el Formulario PS 2.67.

  3. Solicitar turno y presentarse en una oficina de ANSES con la documentación requerida.

Importante: si tus datos no están actualizados, deberás llevar DNI, partidas de nacimiento de tus hijos y, si corresponde, certificado de matrimonio o convivencia. La solicitud debe presentarse antes del nacimiento del bebé.

Casos especiales

  • Si el Ministerio de Salud ya envió la información del embarazo a ANSES, el pago será automático.

  • Si no se acreditó automáticamente, puede gestionarse con turno en una oficina.

  • Las monotributistas sociales, empleadas domésticas y desempleadas con obra social deberán realizar el trámite de manera presencial.

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